Funciones de Reclutamiento

Objetivos, funciones, regulación y recursos 
De la Junta Municipal de Reclutamiento del Servicio Militar Nacional


Funciones

  1. Promover y auxiliar a los ciudadanos del Municipio en los trámites inherentes al cumplimiento del Servicio Militar Nacional, conforme a los lineamientos que expidan las autoridades correspondientes, la inscripción de los jóvenes obligados a prestar el servicio en mención e integrar los expedientes respectivos; 
  2. Tramitar, recolectar firmas en su caso, la entrega de cartillas que acrediten el cumplimiento de los requisitos y condiciones del Servicio Militar; 
  3. Estimular y fomentar entre las personas que concurran a los trámites relativos al Servicio Militar, la conciencia cívica, el amor a la Patria y a sus Instituciones.

Atribuciones

  1. Coadyuvar con la Secretaría de la Defensa Nacional en el cumplimiento de las obligaciones cívicas y militares de los ciudadanos, en los términos de la normatividad aplicable;
  2. El promover y auxiliar a los ciudadanos del Municipio en los trámites inherentes al cumplimiento del Servicio Militar Nacional, conforme a los lineamientos que expidan las autoridades correspondientes;
  3. Elaborar los manuales de organización y de procedimientos de la Junta Municipal de Reclutamiento y sus áreas, en coordinación con las Áreas Municipales competentes, enviarlos para su registro y aplicarlos;
  4. Estimular y fomentar entre las personas que concurran a los trámites relativos al Servicio Militar, la conciencia cívica, el amor a la Patria y a sus Instituciones;
  5. Impartir y promover la educación cívica en el ámbito de su competencia, en los términos de la normatividad aplicable;
  6. Informar a la Secretaría General, los avances de sus actividades y los resultados de sus análisis estadísticos que permitan medir la capacidad de respuesta de la Junta Municipal de Reclutamiento en los términos y condiciones que indique la misma; 
  7. La inscripción de los jóvenes obligados a prestar el servicio en mención e integrar los expedientes respectivos en coordinación con batallón del Ejército Nacional con sede en la región;
  8. Servir de enlace en el trámite de la cartilla Militar Nacional; recolectar firmas en su caso, la entrega de cartillas que acrediten el cumplimiento de los requisitos y condiciones del Servicio Militar;
  9. Servir de enlace en la autorización de los actos relativos al reclutamiento militar y sus consecuencias finales; 
  10. Servir de enlace en la expedición de cartillas ordinarias, remisos y anticipados, así como las reposiciones de las mismas; 
  11. Servir de enlace en la gestión y trámite de la inscripción de reclutas para el servicio militar;
  12. Las demás que le autoricen las leyes y disposiciones reglamentarias, Presidente Municipal o el Secretario del Ayuntamiento, el Reglamento Orgánico y su propio reglamento.

Regulación Básica

Recursos


Fecha de actualización: 20/05/2022

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